fbpx

Blanqueo de capitales

Granda y Asociados > Blanqueo de capitales

Como abogados penalistas especializados, estamos familiarizados con los delitos relacionados con el blanqueo de capitales.

Para tratar con este tipo de delito, es necesario que se junten la experiencia en el ámbito del Derecho Penal, con los conocimientos financieros y técnicos necesarios, lo que nos permite, desde nuestro despacho de abogados penalistas de Madrid, ofrecer una representación eficaz a todos nuestros clientes.

¿Qué es el blanqueo de capitales?

Se denomina blanqueo de capitales al delito que consiste en el intento de camuflar el origen ilícito de un bien o una cantidad monetaria. Se trata de encubrir de una manera u otra el origen de los fondos conseguidos a través del ejercicio de actividades ilegales como puede ser el tráfico de drogas, contrabando de armas, corrupción, malversación pública, etc.

Esto se lleva a cabo a través de la no declaración legal de estas ganancias en cuentas bancarias alojadas en paraísos fiscales, para así evadir impuestos en el país correspondiente a la actividad, permaneciendo estas ganancias invisibles ante Hacienda.

 

Delito de Blanqueo de Capitales en el Código Penal

El delito de blanqueo de capitales aparece definido como tal en el Código Penal, habiendo sido ampliado a partir de la reforma de dicho código de 2015, añadiendo una ampliación de la pena por el delito de uno a tres años de prisión para todas aquellas personas que ayuden a otras personas con conocimiento de la comisión del delito, que se aprovechen de los efectos del mismo o que oculten o adquieran bienes de especial consideración como son los bienes con valor histórico, artístico, cultural o científico o bienes de primera necesidad.

Dentro del delito de blanqueo de capitales encontraremos diferentes modalidades, que se pueden describir de la siguiente manera:

  • Adquisición, posesión, utilización, conversión o transmisión de bienes con conocimiento de que tienen su origen en la comisión de un delito grave.
  • Llevar a cabo cualquier acción encaminada a ocultar o encubrir el origen ilícito del bien.
  • Ayudar a la persona que ha participado en la infracción con el fin de eludir sus consecuencias legales.
  • Ocultar o encubrir la verdadera naturaleza u origen del bien y su propiedad, aún sabiendo el origen ilícito del mismo.

Verse involucrado en un delito de blanqueo de capitales puede conllevar consecuencias muy graves, por lo que es importante ponerse en manos de abogados especializados.

 

Prevención del delito de blanqueo de capitales

La Prevención del delito de Blanqueo de Capitales tiene como objetivo impedir esta utilización del sistema financiero para blanquear capitales que provengan de cualquier tipo de actividad delictiva a través de una pena de prisión superior a tres años entre otras.

En España el control de estos riesgos relacionados en el delito de blanqueo de capitales y la vigilancia de estos le corresponde al SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias).

En la Ley 10/2010, de 28 de abril, se encuentra regulada esta materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

De alguna manera la función principal del SEPBLAC será evitar lo que se denomina el último eslabón en las actividades criminales, ya que es el proceso en el que se consigue transformas el dinero adquirido de modo ilegal en parte del flujo económico legal.

Si usted tiene algún problema con un delito de esta categoría, en nuestro despacho tendrá acceso a un abogado de blanqueo de capitales en Madrid capaz de asumir su defensa de forma eficaz, ofreciéndole un servicio totalmente personalizado. No dude en consultarnos.

 

Llamar Abogado penalista Madrid

Utilizamos cookies propias y de terceros, para obtener datos estadísticos y mejorar nuestros servicios. Más información en nuestra    Política de cookies
Privacidad