
Acoso Laboral
El Acoso laboral aparece contemplado en el Art. 173.1 del Código Penal. NO DENUNCIAR UNOS HECHOS ES SEGUIR SIENDO VÍCTIMA DE LOS MISMOS. Soportar una situación injusta no solo nos perjudica psicológicamente, incluso en algunos casos con agresiones físicas no solo malos tratos psicológicos o los dos. Acudir a la consulta de un abogado o abogada