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Injurias y Calumnias

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Granda & Asociados pone a su disposición a un abogado penalista en Madrid para defender su derecho al honor, si considera que este ha sido vulnerado.

 

El delito de injurias y calumnias

Los delitos de injurias y calumnias tienden a confundirse, pero hay que tener claro que se trata de dos delitos diferentes, descritos por separado en el Código Penal.

Ambos delitos tienen en común que se engloban dentro de los denominados delitos contra el honor, recogidos en un mismo título de dicho Código.

El delito de injurias se define como “la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves”

 El delito de calumnias queda definido como “es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”

Si leemos con atención ambas definiciones veremos que la principal diferencia entre ambos delitos es si existe la imputación de un delito. Cuando existe la imputación de un acto de carácter delictivo estaremos por tanto frente a una calumnia. En caso contrario nos encontraremos frente a una injuria.

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Penas del delito de injurias y calumnias

Las penas que corresponden a cada tipo de delito varían.

Por el delito de calumnias, la legislación española establece una pena de prisión que oscilará entre los seis  meses hasta los dos años o bien una multa de seis a doce meses. Cuando la calumnia se lleva a cabo con publicidad la multa oscilará entre los doce y veinticuatro meses.

Para el delito de injurias las penas establecidas en nuestra legislación son de tres a siete meses de multa o bien de seis a catorce meses si la injuria se ha realizado con publicidad y es calificada de grave.

Cuando se habla de publicidad en los delitos de injuria y calumnia tendremos en cuenta lo que se dice al respecto en el Código Penal: “se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante”.

Además, cuando una injuria o calumnia es cometida a través de uno de estos medios, la persona física o jurídica propietaria del medio, será a su vez responsable civil subsidiaria de dicho delito.

Todos los ciudadanos tienen derecho al honor y por tanto cualquier declaración que menoscabe el mismo puede ser susceptible de ser considerada un delito. Si usted cree que su honor se ha visto perjudicado, puede defender sus derechos por la vía judicial. Para ello, en nuestro despacho tendrá a su disposición a un abogado penalista en Madrid que se encargará de ofrecerle la mejor defensa legal.

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