fbpx

Delito de violencia de género

Granda y Asociados > Delito de violencia de género

Si usted, o alguien de su entorno cercano, es, o cree que puede ser víctima de un delito de violencia de género, desde Granda & Asociados le recomendamos encarecidamente que se ponga en manos de la autoridades pertinentes para acabar cuanto antes con la situación.

Si necesitas saber qué es la violencia de género para aprender a identificarla, en este post escrito por un abogado de violencia de género en Madrid podrás hacerlo.

Violencia de género en el Código Penal

La violencia de género es un delito y, como tal,  viene específicamente regulado en el Código penal español, el cual, tras su reforma en 2015, otorga un mayor nivel de protección para las víctimas del mismo y se añaden una serie de agravantes para este delito concreto.

Es importante diferenciar el delito de violencia de género del delito de violencia doméstica, ya que, aún siendo ambos delitos, tienen algunas diferencias, como por ejemplo que en el primer caso el sujeto activo es el hombre y el pasivo la mujer.

El artículo 173.2 del Código Penal recoge la definición del delito de violencia doméstica, que es aquella que se ejerce sobre su cónyuge presente o pasado así como ascendientes, descendientes y cualquier persona integrada en el núcleo familiar.

¿Qué se considera violencia de género?

El delito de violencia de género se produce cuando existe violencia, sea física o verbal de forma habitual, así como amenazas, coacciones, privación de libertad… y sobre unos sujetos determinados por la Ley.

En concreto, debemos tener presente la definición que sobre encontramos en la Ley de medida de protección integral contra la Violencia de Género de 2004:  «como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aún sin convivencia».

Por tanto, debemos tener presente que para que concurra el delito de violencia de género, el sujeto pasivo, es decir, la víctima, debe ser una mujer, y su agresor, un hombre.

Esta es una de las principales diferencias de, por ejemplo, la violencia doméstica en el entorno familiar, que puede ir dirigida hacia cualquier miembro del núcleo familiar con el que se conviva: padres, hermanos, hijos…

Última reforma del Código Penal contra la violencia de género

La reciente reforma del Código Penal de 2015 introduce una serie de cambios cuyo objetivo es, por un lado ofrecer una mayor protección a las víctimas de este delito y, por otro, ampliar las penas asociadas a este tipo de delito, por ejemplo, incluyendo como agravante para la aplicación de las penas los motivos «de género».

Concretamente, se introduce en el artículo 22 sobre motivos de discriminación. De esta forma, su redactado final actual es como sigue:

Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas y otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad”.

Procedimiento de la denuncia de malos tratos

El procedimiento suele iniciarse mediante denuncia policial. Esta denuncia puede producirse bien a instancias de la propia mujer que ha sufrido la agresión, o bien de oficio o por ejemplo si tras sufrir la agresión el personal médico da parte de la misma.

Esta denuncia se aconseja que sea lo más completa posible e incluir todos los detalles que se puedan recopilar, como número de episodios de violencia, fechas, pruebas y documentación si existe y en general cualquier prueba que apoye la denuncia y demuestre los hechos o los documente . A su vez, los cuerpos de seguridad del Estado deberán relatar el estado emocional de la mujer en el juzgado que vea el caso.

A continuación, se hace necesario solicitar una orden de protección. La protección de una víctima de violencia de género reúne una serie de medidas de todo tipo como beneficios jurídicos y sociales. Paralelamente, se pueden imponer una serie de medidas cautelares como puede ser una orden de alejamiento y/o el abandono de la vivienda familiar por parte del agresor.

Las víctimas de violencia de género tienen una serie de derechos con los que se quiere garantizar su plena protección desde el momento en que deciden denunciar la situación.

El procedimiento judicial será el último paso. Para dicho procedimiento es imprescindible la asistencia legal de un abogado, a poder ser, especializado en este tipo de delito.

La violencia de género es un delito grave. Si se ve involucrado/a en un proceso penal relacionado con un delito de violencia de género, contacte con nosotros para recibir toda la asistencia legal que necesita por parte de un abogado penalista de Madrid.

Granda & Asociados es un despacho de abogados especializados en Derecho Penal, que asumen la defensa en todo tipo de delitos de índole penal, como la violencia de género.

Consulte con nosotros si necesita más asesoramiento si necesita un abogado penal en Madrid.

Llamar Abogado penalista Madrid

Utilizamos cookies propias y de terceros, para obtener datos estadísticos y mejorar nuestros servicios. Más información en nuestra    Política de cookies
Privacidad