En qué consiste un juicio rápido: su procedimiento judicial
Los juicios rápidos son procedimientos judiciales de índole penal en los que se juzgan todo tipo de delitos, con la única condición de que la pena que acarrease el mismo, no superase los cinco años de prisión.
Los juicios rápidos se inician a partir de la presentación de un atestado policial. Además, es posible que también se haya llevado a cabo la detención de la persona que va a ser juzgada, o, en caso contrario, habrá sido ya citada para que comparezca ante el Juzgado de Guardia que corresponda.
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Tipos de circunstancias y delitos
Además del atestado policial y la detención, o bien citación para juicio, se habrán de dar otra serie de circunstancias, para que pueda iniciarse este procedimiento de juicio rápido. Dichas circunstancias son las siguientes:
- Que se esté cometiendo un delito flagrante. Esto significa que la persona acusada de cometerlo es sorprendida mientras llevaba a cabo la actuación constitutiva de delito.
- El delito por el que se acuse al enjuiciado será alguno de los que se especifican:
– Delito de hurto
– Delito de robo
– Delito contra la Seguridad Vial
– Delito de daños producidos contra una propiedad ajena
– Delito contra la Salud Pública como por ejemplo aquellos relacionados con el tráfico de drogas, tanto cultivo y elaboración como posesión o venta.
– Delito de coacciones, amenazas, violencia de todo tipo habitual contra alguna de las personas expresamente señaladas en el Código Penal, tales como su cónyuge o pareja, descendientes o ascendientes.
– Delitos cuyo proceso tanto de instrucción como de investigación se presupondrá que van a ser sencillos.
La instrucción de este tipo de delitos es competencia del Juzgado de Instrucción que corresponda. En los casos de Violencia de género, el órgano competente será el Juzgado de Violencia sobre la Mujer.
Un acusado que reconoce la comisión del delito del que se le acusa puede ver reducida la pena que le corresponda en un tercio. Para que esta reducción pueda llevarse a cabo la pena de prisión que correspondería para el tipo de delito del que se le acusa, no deberá exceder en ningún caso los tres años. Para otro tipo de penas, no de prisión, esta no deberá superar los 10 años.
Contacta con un abogado para un juicio rápido
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