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Delito de malos tratos en el ámbito familiar. Art. 153 c.p. De los hijos a los padres

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¡Coraje, coraje y coraje!

Un respiro para coger fuerzas, es lo que se necesitan en la actualidad muchos padres para seguir y para poder soportar la situación que viven diariamente, dado que se ven obligados a vivir con sus hijos, por ser menores, presuntos pequeños delincuentes que les dan unos malos tratos habituales en el ámbito familiar. Sufren en silencio o sin el apoyo del resto de la familia. Permitir esta conducta podría ser el caldo de cultivo de futuros malos tratos a otras personas, como novios, novias, amigas, esposas o hijos o llegar a delitos mayores.

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Violencia intra-familiar

En algunos casos son malos tratos psicológicos, dado que los menores insultan y gritan a sus padres continuamente sin razón alguna y en el trato diario. Es su forma de comunicación. En otros casos se pasa esta fase y se llega a la agresión física cuando a los menores sus padres no les dan lo que exigen o sin motivo alguno aunque suele venir acompañado de la enfermedad de adicción a sustancias tóxicas o video-juegos.

En la actualidad estos menores son de todo tipo de clase social y económica. Es nuevo fenómeno que se ha instaurado en esta sociedad desde hace alguna década y que consiste en no respetar a los padres ya que estos no pueden responder al menor como los padres de las generaciones anteriores para corregirles. Normalmente, estos menores se oponen a ser ayudados por psicólogos o psiquiatras.

Esta situación vienen padeciéndola los padres, ellos solos, avergonzados por el comportamiento de sus hijos, sin ayuda y miedo, incluso sobreprotección mal entendida hacia sus hijos, aproximadamente desde los 14 años hasta la mayor edad o emancipación del hijo. Otros padres la busca pero no encuentra, ni ayuda ni apoyo real a su problema, convirtiendo su vida en un ir y venir a centros de ayuda familiar y servicios sociales que al encontrarse con la falta de colaboración del menor se ven abocados al fracaso, salvo en los casos más graves en los que llega a haber agresiones físicas o cualquier otro delito.

En estos casos, mediante la presentación de una DENUNCIA en la comisaría de policía nacional, cuartel de la guardia civil, juzgado de guardia, o en el GRUME se inicia un procedimiento penal tipificado en el art. 153 del Código penal siendo la conducta que consistirá en «ejercer violencia física o psíquica de forma habitual» sobre alguno de los sujetos mencionados en el precepto del código penal.

Los malos tratos se definen co la conducta o acción así como el comportamiento agresivo que producen daño y menoscaban la integridad física o psíquica, la libertad, el honor o la integridad moral.

Las formas específicas de agresión son:

1.- Malos tratos físicos.- Cualquier acto o agresión que provoque lesión o enfermedad (hematomas, heridas, fracturas, quemaduras, etc).

2.- Malos tratos psíquicos.- Ocasionan en la víctima el sufrimiento, manipulación, la desvalorización y la agresión psicológica. Son los insultos, humillaciones y crueldad mental.

El temor psíquico persiste bajo la forma de amenaza.

El proceso penal en el Juzgado de Menores, el menor de edad acusado del citado delito de malos tratos en el ámbito familiar puede ser absuelto o castigado con una amonestación o sanción verbal por parte del juez, trabajos en beneficio de la comunidad, libertad vigilada o un internamiento en centro semi-abierto o cerrado, cuando el caso es muy grave. En caso de condenar al menor no le quedarán antecedentes penales para cuando sea mayor de edad.

En la mayoría de los casos, estas conductas vienen acompañadas de la comisión de otros delitos y de la adicción al consumo de sustancias estupefacientes, marihuana o hachís en el mejor de los casos u otras drogas o la adicción a los video-juegos que conlleva gran agresividad, ataques de ira  y que el menor esté en situación de descontrol ya que deja de cumplir horarios de comida, sueño y hábitos de higiene.

La citada adicción junto con otros factores, dependiendo de cada caso, es el detonante de estos malos tratos por parte del menor.

Es muy difícil para los padres tener que denunciar a un hijo, antes de tomar esta decisión suele haberse intentado otras muchas soluciones sin obtener ningún resultado. Quizás, no sea tampoco la solución pero es una manera de poner límites al menor o que al menos entienda que su conducta tiene esta consecuencia para él y para su familia. En algunos casos la única manera de poner al menor bajo tratamiento terapéutico para poder ayudar a la familia y al menor a resolver el problema que otra solución ya no tiene.

Por ello es necesario: ¡Coraje, coraje y coraje!

Decimos a los padres que sufren abusos psicológicos por parte de sus hijos.

             Nuria Granda Moreno

                                                                       Abogada Penalista especialista en Menores

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