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¿En qué se diferencian la agresión y el abuso sexual?

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Diferencias entre agresión y abuso sexual

Es lamentable y alarmante ver estadísticas que indican que en España se registran mensualmente más de 1.000 denuncias. Muchas de ellas, están relacionadas con acoso sexual, abuso sexual o agresión sexual y la mayoría son formuladas por mujeres.

Esta es una problemática social que ha ido en alza en muchos países del primer mundo. Noticias relacionadas con ellas inundan los medios de comunicación a diario, por lo que debe tratarse como un tema de interés comunitario.

Sin embargo, son términos que el público en general tiende a emplear como sinónimos, cosa que es incorrecta. Cada uno de estos términos hace referencia a delitos muy diferentes, aunque involucren un componente de carácter sexual. En este post estableceremos sus diferencias. 

 

Definición de agresión sexual

Este es un delito que va en contra de la libertad sexual de un individuo de cualquier género. Esto, por medio de la aplicación de la intimidación o la violencia. La persona que ejecute esta acción se denomina agresor y deberá cumplir de uno a cinco años de prisión. 

Si la agresión incluye penetrar al cuerpo de la víctima por medio de la boca, el ano o la vagina, la pena puede ser de seis a doce años. Igualmente, si se llevara a cabo la introducción de objetos o partes del cuerpo en la vagina o el ano.

 

El delito puede ser agravado

Las agravantes para este delito son las siguientes: 

  • Cuando sea excesivamente humillante o ultrajante la violencia o intimidación ejercida.
  • Cuando el acto delictivo es materializado por dos o más personas.
  • Cuando la vulnerabilidad de la víctima sea especialmente considerable, ya sea por discapacidad, enfermedad, edad o situación particular. 
  • Si para cometer el delito, el agresor se haya aprovechado de una posición de ventaja o superioridad. 
  • También en caso de que exista parentesco entre éste y la víctima, ya sea de forma descendiente, ascendente. Igualmente, si es hermano natural o adoptado o cualquier otro que los vincule con un nexo familiar. 
  • En el caso de que el agresor emplee algún otro instrumento peligroso que sea capaz de ocasionar la muerte o lesiones. 

De presentarse dos o más delitos, las penas antes mencionadas podrían incrementarse. 

Abuso y agresión sexual

Definición de abuso sexual

El abuso sexual implica que una persona atente contra la libertad o integridad sexual de otra persona. Ocurre sin que en ello medie la intimidación o violencia de cualquier tipo. Igualmente, el consentimiento de la víctima no existe.

La ausencia de consentimiento de la víctima puede ocurrir de dos maneras. Una, porque esta no manifieste abiertamente su voluntad y otra, porque no esté capacitada legalmente para dar su aprobación.  

Están condenados de igual manera los actos “leves” como pueden ser:

  • Caricias
  • Besos
  • Tocamientos

Y también los actos más graves, como pueden ser:

  • La penetración vaginal
  • La penetración anal
  • El sexo oral
  • La introducción de objetos o partes corporales en ano y/o vagina

Las víctimas de abuso sexual deben ser personas con impedimento de expresar su consentimiento. Es decir, que sufran un trastorno mental o se encuentren privadas de sentido. 

También califican actos sexuales cometidos contra otra persona haciendo uso de drogas, fármacos u otros componentes químicos o naturales. Estos deben ser suministrados con la intención de anular la voluntad de la víctima. 

Del mismo modo, existe delito si el perpetrador ha conseguido el consentimiento de la víctima haciendo uso de su posición de superioridad. De ser así, la pena se incrementa a cuatro o diez años. 

 

Habilitado para dar consentimiento

Penalmente, la edad fijada como válida legalmente para dar consentimiento a prácticas sexuales es de dieciséis años. Por lo tanto, si el abuso sexual ocurre en una víctima mayor de esta edad, pero menor de dieciocho, el responsable de afrontar una pena de uno a tres años de prisión.

Si los hechos incluyen contacto sexual vía bucal, anal o vaginal la pena a fijar estará entre dos y seis años. Lo mismo aplica si ocurre la penetración con objetos o miembros del cuerpo.

En caso de que el culpable del acto penal lo haya realizado con el consentimiento de la víctima por ejercer superioridad o coacción sobre ella, la pena será de cuatro años más un día o hasta seis años de cárcel. Esto mismo sucederá si los hechos incluyen la penetración vaginal, anal o bucal, así como la introducción de partes corporales u objetos. 

 

En que se diferencian del acoso sexual

Para poder establecer diferencias entre los dos conceptos antes abordados y el acoso sexual, primero hay que definir este último. El acoso consiste en la presentación repetitiva de solicitudes para entablar contacto sexual con otra persona, las cuales son rechazadas. Dichos requerimientos pueden ser realizados de forma escrita o verbal.

Además, estas incluyen el empleo de acciones humillantes, intimidantes y/o coercitivas, con la finalidad de finalmente obtener el consentimiento de la víctima. 

Legalmente, un hecho puede considerarse de acoso sexual, aunque se presente de forma puntual o consuetudinaria. Igualmente, se establece que su contexto puede ser el laboral, el docente o el de la prestación de servicios. Sin embargo, los espacios públicos también se tienen en cuenta.   

Según el Código Penal Español el acosador sexual es toda persona que requiera constantemente favores sexuales en nombre propio o de un tercero. Esto, dentro del ambiente docente, laboral o de prestación de servicios y que cause en la víctima una situación gravemente humillante, hostil o intimidatoria.

Este es un delito que se castiga con penas de privación de libertad que van de tres a cinco años o, en su defecto, multas que contemplan de seis a diez meses. La víctima de acoso sexual ve afectado gravemente su desempeño cotidiano y algunas pueden incluso, sufrir daños psicológicos.

La diferencia entre acoso sexual, agresión sexual y abuso sexual puede resumirse de la siguiente forma: 

  • El acoso sexual: Son solicitudes constantes de contacto sexual que son reusadas por la víctima.
  • La agresión sexual: Implica contacto sexual haciendo uso de la fuerza o la violencia.
  • El abuso sexual: Es el contacto sexual con o sin consentimiento de la víctima. Este presenta una condición que le impide considerarse legalmente habilitada para aprobar cualquier tipo de acto sexual.  

En todos los casos, el perpetrador de los hechos puede hacer uso y abuso de posiciones de poder o ventaja. Igualmente, de actos de coerción o chantaje con la finalidad de lograr sus fines. 

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